Felipe Ascención Páucar Mariluz*.
No aprendimos la lección: Tiempos violentos, inseguridad,
crimen organizado y criminalidad transnacional; gobiernos y Congreso
antidemocráticos y corruptos, dictadura política e injusticia social; un
balance penoso 20 años después de la entrega del Informe Final de la Comisión
de la Verdad y Reconciliación, CVR.
Ataúdes con restos de 26 asesinados en el Huallaga y Monzón. El terrorismo y el contraterrorismo autores de las muertes impunes. Foto difusión. |
El conglomerado variopinto anti informe CVR intentó/a
restarle importancia a las investigaciones contenidas en nueve tomos, a sus
hallazgos, conclusiones y recomendaciones, con la postura interesada de que
éste fue sesgado, pro terrorista o que no sirvió para lograr la reconciliación
entre peruanos; quienes afirman ello son los que no leyeron el informe,
representantes de los depredadores de derechos humanos o defensores de
gobiernos autoritarios como el fujimorismo y aprismo que hicieron de la guerra
interna una oportunidad para medrar política y económicamente.
“La tendencia autoritaria que experimenta nuestro país no se
limita al uso indiscriminado de la fuerza que en la protestas de diciembre
pasado dejó como resultado 60 personas muertas, sino también se manifiesta en
otros niveles del propio Estado y de la sociedad. Así se puede ver en las
recientes medidas administrativas implementadas alrededor de los temas de
memoria y del número creciente de discursos de odio que se replican en las
redes sociales en apoyo a estas medidas”. Iris Jave ex CVR.
El 28 de setiembre de 2023 se reunieron en el Lugar de la
Memoria, LUM, más de 100 ex integrantes de la CVR en un reencuentro que podría
dar origen a nuevas reuniones con el objetivo de abordar temas nacionales sobre
derechos humanos y sostenibilidad de la democracia con la perspectiva de
constituirse en un foro de profesionales e intelectuales preocupados por la
grave crisis política - social y la amenaza de una crisis económica ante el
incremento de la pobreza y extrema pobreza que alcanzaría al 50 % de la población
peruana. Fue un encuentro que dejó huella de acuerdo a las versiones de los
asistentes en mayoría de la ciudad de Lima, por las funciones laborales de
quienes se encuentran fuera de ella.
Reencuentro de ex integrantes de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, CVR en Lima. Difusión. |
El 5 de octubre después de seis años de exhumados los restos
mortales de 16 personas, fueron entregados a sus familiares en una ceremonia de
restitución de restos óseos presidida por el presidente de la Junta de Fiscales
Superiores de Huánuco, Rodolfo Vega Billán, que estuvo acompañado por los
fiscales de la Primera Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos
Humanos e Interculturalidad de Lima, la municipalidad de Leoncio Prado en la
ciudad de Tingo María fue testigo del dolor expresado por quienes perdieron a
sus seres queridos los años 1991 -1992 durante la guerra terrorista y
contraterrorista en el Huallaga. Con anterioridad se hicieron entrega de otros
restos mortales a la fecha se tiene información sobre los avances en la
ubicación de personas desaparecidas, el Registro Nacional de Personas
Desaparecidas, RENADE, da a conocer en el tercer Registro del 25 de agosto de
la existencia de 22 295 personas desaparecidas en Perú. Se afirma que pese al
gran esfuerzo desplegado son escasos los avances por la falta de recursos
logísticos y monetarios debido a una falta de sensibilidad, compromiso político
y responsabilidad social de los gobiernos de Alejandro Toledo, Alan García,
Ollanta Humala y los otros seis gobiernos desde 2016 a la fecha. En el logro de
justicia y reparaciones es mucho más grave el resultado debido a los pocos
casos judicializados y sentenciados a los depredadores de derechos humanos que
utilizaron los recursos y las armas del Estado de manera criminal con la
justificación de que combatían al terrorista de Sendero Luminoso y del
Movimiento Revolucionario Túpac Amaru, MRTA.
Entrega de restos mortales de asesinados durante la guerra interna en el Huallaga. Archivo Leyenda del Huallaga.
El Decreto Supremo Nº 065-2001-PCM creó la Comisión de la
Verdad y Reconciliación (CVR) y estableció como un objetivo de su mandato la
presentación de recomendaciones de reformas institucionales que entendidas como
garantías de prevención, ayuden a que no se repitan más en el Perú los
dolorosos sucesos que se generaron en el proceso de violencia vivido en las
últimas dos décadas. El artículo 2° establece que.- La Comisión tendrá los
siguientes objetivos:
a) Analizar las condiciones políticas, sociales y culturales,
así como los comportamientos que, desde la sociedad y las instituciones del
Estado, contribuyeron a la trágica situación de violencia por la que atravesó
el Perú.
El 12 de octubre de 1991 se instaló el Consejo de Paz bajo
la presidencia de la iglesia católica que había aceptado la convocarla por
única vez. José Dammert Bellido presidente de la Conferencia Episcopal en sus
primeras expresiones vinculó la paz con la justicia, “Queremos la paz de la
justicia, la paz como eje dinámico de la convivencia social, es decir, como un
objetivo el terminar con el asesinato y el uso de la muerte como arma
política”. El segundo tema planteado fue la defensa de los derechos humanos,
censurando por igual a quienes la violan. No solo a los grupos armados
embarcados en la irracional competencia por la muerte que transgrede el derecho
internacional humanitario sino también al Estado, “No existe mejor forma de
quitarle legitimidad al Estado y de minar la democracia, que atacando su
verdadera esencia la protección de la persona humana”.
El informe CVR planteó las siguientes recomendaciones. Los
miembros de la CVR damos término al delicado encargo que recibimos y, por ello,
con la clara conciencia de que no hacemos sino un bosquejo de tareas urgentes
que deben ser emprendidas por todos los peruanos, empezando por aquellos que
detentan autoridad, formulamos –a la luz de lo vivido– recomendaciones en torno
a los siguientes ejes: 1. Reformas institucionales necesarias para hacer real
el Estado de Derecho y prevenir la violencia. 2. Reparaciones integrales a las
víctimas. 3. Plan Nacional de Sitios de Entierro. 4. Mecanismos de seguimiento
de sus recomendaciones.
Sin perjuicio del desarrollo de estos cinco ejes a lo largo
de los 9 tomos, que muy pocos leyeron, la CVR se permitió formular las
siguientes recomendaciones adicionales: a. Impulsar de manera decidida la
difusión del Informe Final que ella ha preparado, de modo que todos los
peruanos y peruanas puedan acercarse al conocimiento más pleno de nuestro
reciente pasado de forma tal que, al preservarse la memoria histórica y ética
de la nación, extraigan las lecciones adecuadas que impidan la repetición de
momentos tan dolorosos como los vividos. b. Sugerir que el acceso al informe
final, así como al acervo documental recogido o producido por la CVR sea lo más
amplio posible, y que se promueva la investigación científica y académica
respecto a los temas aquí señalados. La única razón que podría generar una
excepción a esa regla debería ser la seguridad de víctimas o testigos. Por tal
consideración, recomendamos que la Defensoría del Pueblo implemente un sistema
de difusión del acervo documental por medio de instituciones públicas y
privadas. c. Alentar a que en el más breve plazo (30 días) el Ministerio
Público abra las investigaciones correspondientes contra los presuntos
responsables de los crímenes investigados por la CVR. Para tales efectos,
hacemos llegar a dicha institución todos los indicios que han servido para que
los Comisionados, nos formemos convicción sobre la presunta responsabilidad
penal de las personas que sindicamos como probables agentes de delito. d.
Recomendar a la Defensoría del Pueblo, depositaria de todo nuestro acervo
documental, que haga públicos los nombres de aquellas personas que, en nuestra
opinión, se hacen merecedoras de investigación penal si, en el plazo ya
señalado, el Ministerio Público no hubiere cumplido con pronunciarse frente a los
casos que le fueron alcanzados por la CVR. e. Asimismo, recomendar a la Sala
Nacional contra el Terrorismo de la Corte Superior de Justicia de Lima tomar en
cuenta los hallazgos establecidos por la CVR en lo que se refiere a crímenes
cometidos por miembros de Sendero Luminoso y el MRTA, así como los criterios
establecidos para la atribución de responsabilidades de los mandos y líderes de
dichas organizaciones subversivas, en el marco de los procedimientos judiciales
por delitos de terrorismo actualmente en trámite. f. Exhortar a los poderes del
Estado a no utilizar discrecionalmente amnistías, indultos u otras gracias
presidenciales, sino dentro del estricto marco establecido por la Corte
Interamericana de Derechos Humanos. La CVR ha sido y es contraria a todo tipo
de perdón legal por medio del cual se subordine la búsqueda de la verdad y la
satisfacción de la justicia a razones de Estado. La reconciliación, como la
entendemos y presentamos en este informe, supone descartar la intervención
externa en lo que debe ser labor estrictamente jurisdiccional. g. Recomendar a
las autoridades que correspondan la adopción de medidas administrativas contra
los funcionarios públicos que resulten responsables de estar involucrados en
graves violaciones a los derechos humanos, incluyendo contra aquellos
magistrados que no cumplieron debidamente sus funciones de protección de los
derechos fundamentales. h. Recomendar que se brinden las seguridades necesarias
a testigos y víctimas de graves crímenes y violaciones a los derechos humanos,
mediante un sistema que integre los recursos del Poder Judicial, el Ministerio
Público, el Ministerio del Interior y la Defensoría del Pueblo. En particular,
respetar la reserva de los nombres de los testigos que han brindado información
valiosa para nuestras investigaciones.
Durante el Foro a 20 años del Informe Final CVR, en Aucayacu, expusimos los hallazgos de nuestras investigaciones. Leyenda del Huallaga.
El Perú aún herido, el conflicto armado interno en cifras.
Las heridas aún abiertas por el conflicto armado interno en Perú la incesante
vulneración del derecho a la justicia de las víctimas.
Las heridas de la sociedad peruana quedan aún muy evidentes
por las violaciones de derechos humanos que sufrió de 1980 a 2000, periodo de
violencia sin precedentes más comúnmente conocido como “conflicto armado
interno”, que cobró la vida de 69.280 personas, según una estimación de la
Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR), creada en 2001 para esclarecer
tales hechos (Degregori, 2014).
Según el Informe final de la CVR, el 54% de las víctimas fue
causado por el grupo terrorista PCP-Sendero Luminoso; el 43% fue provocado por
agentes del Estado (Fuerzas Armadas y Policía); y el restante 17% fue causado
por otros actores (el grupo terrorista Movimiento Revolucionario Túpac Amaru –
MRTA, rondas campesinas, comunidades de autodefensa, grupos paramilitares,
agentes no identificados). Además del asesinato, entre otras violaciones de los
derechos humanos, se cometieron tratos crueles, inhumanos o degradantes,
ejecuciones arbitrarias, secuestros, desapariciones forzadas, violaciones
sexuales, esterilizaciones forzadas (CVR, 2003).
Según el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y
Sitios de Entierro (RENADE), las personas desaparecidas entre 1980 y el 2000
ascienden a 20.329 personas aunque el número está lamentablemente destinado a
subir. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos precisó que desconoce o es
incierto el paradero de 13.764 personas, mientras sí se conoce el de 5.700
personas, pero no se tiene certeza legal de su muerte. De los 20.329
desaparecidos, solo se han hallado los restos de 865 personas, que fueron
restituidos a sus familiares para la sepultura. Estas cifras convierten al Perú
en el segundo país con más desaparecidos de América Latina después de Guatemala
(LUM, 2018). Según el Ministerio Público existen 4644 sitios de entierro, de
los cuales solo 2200 se encuentran documentados. La exhumación, identificación
y entrega de restos de personas desaparecidas a sus familiares es todavía una
tarea pendiente en el país (MRREE, 2011; EPAF y CNDDHH, 2008).
Algunas de las tareas pendientes en materia de reparación a
las víctimas.
A la luz de las recomendaciones de la CVR, a partir del 2005 se puso en marcha una política de reparación con la Ley Nº 28592 (Aprobación del Plan Integral de Reparación a las Víctimas de la Violencia) y su reglamento de actuación fue aprobado en 2006. Gracias a tales instrumentos legislativos se creó la Comisión Multisectorial de Alto Nivel (CMAN), encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación, como ente rector del sistema (Ulfe Young , 2013); el Consejo de Reparaciones (CR), encargado de la elaboración del Registro Único de Víctimas (RUV) y de la acreditación, identificación e individualización de las víctimas y diferentes programas de reparación como reparaciones colectivas para los más de 600.000 desplazados en todo el país que han tenido que abandonar sus tierras y sus propiedades por el asedio de los grupos armados, el Programa de Reparaciones Económicas Individuales -PREI-, las reparaciones en el ámbito de salud y educación, las reparaciones simbólicas, la facilitación y acceso habitacional y la restitución de derechos (Lerner Febres, 2007).
Diez años después de ese primer paso en materia de
reparación, gracias a la incansable lucha pacífica de los familiares de las
personas desaparecidas, en 2016 se promulgó la Ley Nº 30470, Ley de Búsqueda de
personas desaparecidas durante el periodo de violencia 1980-2000, que tiene
como finalidad la búsqueda, recuperación, análisis, identificación y
restitución de los restos humanos de las personas desaparecidas. Asimismo, en
2018 con el decreto legislativo Nº 1398 se aprobó la creación por parte de la
Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas (DGBPD) en el marco del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de un banco de datos genéticos que
permitirá contrastar el ADN de los familiares de las víctimas con los restos
óseos hallados en las fosas (El Comercio, 2018).
A pesar de los pasos que en estos 19 años de postconflicto
se han dado hacia la reparación de las víctimas del terrorismo y de las
violaciones de los derechos humanos en Perú, los informes de la Defensoría del
Pueblo (entre ellos el n. 55, el n. 139, el n. 162) que monitorean la
implementación de las recomendaciones de la CVR, reportan graves insuficiencias
en las medidas aprobadas y una escasa implementación de las mismas por la
presencia de obstáculos administrativos que a menudo no sólo impiden el
ejercicio de los derechos de las víctimas sino que les causan severas
victimizaciones secundarias (Defensoría del Pueblo, 2000; 2008; 2013).
La insuficiencia de tales medidas se puede constatar, por
poner solo uno de los numerosos ejemplos posibles, en el ámbito de la atención
médica y de la reparación en salud, en el que no se ofrecen servicios
especializados para las víctimas del conflicto. Por lo que se refiere a la
atención psicológica, no existe ningún programa de salud mental que otorgue,
desde el servicio sanitario nacional, ayuda psicológica o psiquiátrica gratuita
a todas las víctimas del conflicto con profesionales especializados en estrés
post-traumático. En cuanto a la atención médica, a quien fue víctima del
conflicto sólo se ofrecen, a través del Sistema Integral de Salud (SIS), las
prestaciones dirigidas a todos los ciudadanos, con la diferencia que para este
colectivo tales prestaciones son gratuitas. No obstante, para poder acceder a
ellas, las víctimas tienen que acreditarse como tales. Puesto que la
identificación y el registro de las víctimas del conflicto armado interno en
Perú son aún incompletos, muchas de ellas y/o de sus familiares no logran
acceder a los servicios mínimos gratuitos que les garanticen el derecho a la
asistencia sanitaria, por no estar registradas. Si pensamos solamente en las
víctimas mortales, entre las 69.280 víctimas que el periodo de violencia causó
según las cifras publicadas por la CVR, ni siquiera la mitad están inscritas en
el Registro Único de Víctimas, el cual otorga el estatus oficial de víctima del
conflicto. Por ello y por lo que se refiere a las reparaciones en salud, no
sólo no se cuenta en Perú con un servicio especializado de atención
médico-psicológica dirigido específicamente a las víctimas del conflicto, sino
que, por el aún incompleto registro único, no todas las víctimas pueden acceder
a las prestaciones mínimas gratuitas previstas para ellas (Correa, 2013).
Las tareas pendientes a nivel de reparación de las víctimas
del conflicto también se pueden extrapolar de las sentencias de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en las cuales el Perú ha sido
condenado por graves violaciones. De hecho, Perú es parte del Sistema
Interamericano de protección de los Derechos Humanos por haber suscrito la
Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) el 22 de noviembre de 1969,
ratificándola el 12 de julio de 1978. Asimismo, el 21 de enero de 1981, el
Estado peruano aceptó la competencia contenciosa de la CIDH. Por lo que las
sentencias de la Corte Interamericana, siendo emanadas por un tribunal
supranacional, son de su obligatorio cumplimiento. De todos los Estados que
ratificaron la CADH, Perú resulta ser, al día de hoy, el más condenado por la
CIDH por violación de derechos humanos con 29 sentencias firmes, la mayoría por
hechos cometidos en el marco del conflicto armado interno (Ugarte Boluarte,
2014; Ríos Sánchez, 2013).
Tales sentencias confirman que el Estado Peruano vulneró
principalmente el derecho a la vida mediante asesinatos, ejecuciones
arbitrarias, entre otras prácticas. Asimismo, vulneró el derecho a la
integridad física y moral mediante la tortura y otros tratos crueles, inhumanos
o degradantes; vulneró el derecho a la libertad personal mediante los
secuestros y las desapariciones forzadas y el derecho al debido proceso por
haber llevado a cabo juicios con “jueces sin rostro”, entre otras prácticas
(Salado Osuna, 2004).
En los casos peruanos relacionados con el conflicto armado
interno al momento de establecer la condena, la CIDH se enfoca en diferentes
reparaciones: indemnizaciones económicas, reparaciones en salud y educación,
reconocimiento público del daño, petición de disculpas y garantía de no
repetición, construcción de monumentos conmemorativos, esclarecimiento de los
hechos y entrega de los restos mortales, adecuación del ordenamiento jurídico
del Estado a la CADH, identificación de los culpables, juicio y sanción de los
mismos, entre otras.
Más en concreto, la CIDH ha subrayado reiteradamente la
obligación del Estado peruano de investigar los hechos ocurridos para
esclarecer la verdad, localizar, exhumar, identificar mediante el uso de
técnicas e instrumentos idóneos a las personas desaparecidas y entregar los
restos a sus familiares (Derecho a la verdad de las víctimas y de sus
familiares) [Caso Anzualdo Castro Vs. Perú. CIDH, 2009].
Por el otro lado, ha ordenado al Estado peruano que se
realicen procesos judiciales internos que permitan llegar a la asignación de la
responsabilidad penal de lo ocurrido, divulgando públicamente los resultados de
dicha investigación y de la sentencia (derecho a la justicia de las víctimas)
[Caso La Cantuta Vs. Perú. CIDH, 2006].
Lamentablemente en el ámbito de la garantía del derecho a la
verdad y a la justicia es donde mayormente se puede constatar el incumplimiento
del Estado peruano de las sentencias de la CIDH. (Con información OIET,
05/07/2019. Agata Serranò).
La CVR una oportunidad perdida? En un artículo de Raúl
Asensio, publicado por El Comercio que reproducimos en parte fija con claridad
la importancia del informe CVR y de algunas omisiones. Veamos, “Poco antes de
la entrega del informe final de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación
(CVR), un colega extranjero me confesó que no pensaba que fueran a lograrlo. No
creía que, en un país tan dividido, pudiera culminar con éxito una tarea tan
desafiante. Sin embargo, los comisionados lo lograron. Con no poca incertidumbre,
los miles de páginas del informe estuvieron listas el día de la entrega. La CVR
fue el intento más serio para comprender las raíces del conflicto armado
interno. Algunos tomos son mejores que otros, pero es un informe repleto de
información, balanceado y acucioso. Cuando se concluyó, parecía que por fin
contábamos con una herramienta para avanzar hacia la reconciliación. Dos
décadas después, soy menos optimista. Según una encuesta publicada esta semana
por el IEP, solo un 38% de los peruanos conoce la CVR. Esta cifra es
especialmente baja en el nivel socioeconómico D/E: solo el 28%. Peor aún, la
mayoría de quienes conocen la CVR la valoran negativamente: 42% frente al 23%
con opinión positiva. El apoyo crece entre los más jóvenes (46%), pero es casi
idéntico entre quienes se consideran de izquierda (25%) y derecha (27%).
¿Qué explica estas cifras? Sin duda, un factor clave son los
ataques que desde el principio recibió el informe. Pero esto ocurrió en casi
todos los países donde hubo comisiones similares. Mi impresión es que hay algo
más, algo que ocurrió en los años posteriores a la entrega del informe y que
fue un error estratégico de quienes creemos en la importancia del recuerdo y la
rendición de cuentas: la importación acrítica de “intervenciones de memoria”
ideadas en el cono sur, pensadas para situaciones posconflicto donde el
principal y casi único perpetrador era el Estado.
El caso peruano es excepcional en América Latina. La CVR
demostró que, aunque las FF.AA. cometieron múltiples crímenes, el principal
perpetrador fue un partido político convertido en grupo terrorista. Sin
embargo, en lugar de preguntarnos qué significa y cómo se recuerda un conflicto
cuyo mayor perpetrador no es el Estado, en los años posteriores a la CVR
optamos por repetir prácticas desarrolladas en esos países, pensadas para
interpelar al Estado y exigirle una rendición de cuentas por sus crímenes:
museos públicos de memoria, reparaciones a cargo del Estado, etcétera.
Esta focalización casi exclusiva en la responsabilidad
posconflicto del Estado facilitó los ataques de los enemigos de la CVR y llevó
a que parte de la población viera los trabajos de memoria como un esfuerzo
sesgado. A pesar de que en el informe dice claramente que el principal
perpetrador era Sendero Luminoso, se extendió la idea de que era un informe
parcializado y se perdió la oportunidad de convertirlo en eje de una narrativa
de reconciliación.
¿Pudo ser de otra manera? No lo sé. Era muy difícil, ya que
no existen precedentes latinoamericanos de trabajos de memoria para situaciones
posconflicto en los que el principal perpetrador no es el Estado. Hubiéramos
tenido que empezar desde cero. Sea como fuere, el caso es que se dejó pasar la
oportunidad de generar un modelo peruano de memoria, diferente del cono sur.
Quizás este sea un factor por el que, dos décadas después, tan pocos peruanos
valoran la labor de la CVR”. (Raúl Ascencio, El comercio, 01/09/23).
• Felipe Ascención Páucar Mariluz: Ingeniero Agrónomo, Periodista, investigador social y del crimen organizado, ex integrante de la CVR sede Región Nor Oriental - Huánuco.
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